El Congreso del Estado actuó con estricto apego a la legalidad

La creación del Municipio de Bacalar, la integración de su Concejo Municipal y su temporalidad, fueron legitimados por la Corte: Espinosa Abuxapqui

            Chetumal, 14 de junio.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación ratificó que el Congreso del Estado ha actuado con estricto apego a la legalidad, pues determinó que la creación del municipio de Bacalar, de su Concejo Municipal, así como el tiempo que tendrá de duración, son constitucionales, señaló el presidente de la Gran Comisión del Congreso del Estado, Eduardo Espinosa Abuxapqui.

            Y es que en el análisis del recurso presentado, los ministros determinaron que esos casos no se encuentran regulados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que por lo tanto es facultad del Estado de Quintana Roo su regulación.

Dijo que lo realizado por el Congreso del Estado para la creación del Municipio de Bacalar y la designación de su Concejo Municipal, así como la duración que tendrán en el cargo, que es hasta en tanto  entren en funciones los primeros integrantes del Ayuntamiento de Bacalar constitucionalmente electos, fue legitimado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al desestimarse la votación que no alcanzó el mínimo de ocho votos para declarar inconstitucional lo actuado en la XII Legislatura.

De esa forma el Concejo Municipal de Bacalar podrá trabajar plenamente en beneficio de los habitantes del nuevo municipio, manifestó.

            Y es que los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación coincidieron en señalar que la creación de municipios, la integración de Concejos Municipales cuando se trata de municipios nuevos, y la duración que deben tener en sus cargos, no se encuentra establecido en la Constitución Política Federal, por lo que consideraron el caso como “un asunto excepcional”, creando a su vez la tesis correspondiente en el sentido de la constitucionalidad de esas acciones.

            De hecho, los ministros Margarita Luna Ramos, Guillermo Ortiz Mayagoitia, y Fernando Franco González Salas, reconocieron durante el análisis de la Acción de Inconstitucionalidad interpuesta por el PRD, que la temporalidad establecida por el Congreso del Estado de dos años y cinco meses aproximadamente para la vigencia del Concejo Municipal de Bacalar no violenta el principio del derecho al voto, porque se trata de un municipio nuevo que se encuentra en situación de excepcionalidad.

Además, en las leyes emitidas por el Congreso local se establece que en elecciones constitucionales, que se realizarán para todos los municipios de la entidad con base a las reformas Constitucionales federales que buscan unificar las fechas de los procesos electorales, serán electos los miembros del Ayuntamiento de Bacalar.

Espinosa Abuxapqui manifestó que el Congreso del Estado hará las modificaciones que ordena la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la Constitución Política del Estado y a la Ley de Municipios de la entidad, que fueron observadas en el análisis del recurso presentado por el PRD, tan pronto se reciba la notificación de esa autoridad jurisdiccional.

Deja un comentario

Fill in your details below or click an icon to log in:

Logo de WordPress.com

You are commenting using your WordPress.com account. Log Out / Cambiar )

Twitter picture

You are commenting using your Twitter account. Log Out / Cambiar )

Facebook photo

You are commenting using your Facebook account. Log Out / Cambiar )

Connecting to %s

Seguir

Get every new post delivered to your Inbox.